Sentencia 30510 del 03-09-2026. Renta. Desconocimiento de pasivos por diferencias con los saldos certificados por los acreedores.
Problema jurídico: ¿Procede el desconocimiento de los pasivos declarados cuando los saldos registrados en la contabilidad exceden los certificados por los acreedores y el contribuyente no justifica la diferencia con pruebas idóneas?
Tesis jurídica: Sí. Porque las certificaciones de los acreedores, respaldadas por sus revisores fiscales y concordantes con la información exógena, son prueba directa que desvirtúa la presunción de veracidad de la declaración, y la sola invocación de la contabilidad no basta, pues su eficacia depende de comprobantes internos y externos y de no ser desvirtuada por otros medios, conforme a los arts. 283, 746, 770 y 774 del E.T.
Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Se confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo del Huila que mantuvo la liquidación oficial de renta del año gravable 2016, con condena en costas. La consejera Claudia Rodríguez Velásquez aclaró el voto.
¿Quiere recibir el Boletín Actualidad Tributaria cada semana? Suscríbase aquí.




