Concepto 014296 del 14-08-2026. IVA. Registro de responsabilidades en el RUT de las entidades territoriales.
Problema jurídico: ¿Se determina la responsabilidad frente al IVA de las entidades territoriales por las operaciones que realizan y no por su condición de personas jurídicas de derecho público?
Tesis jurídica: Sí. Porque la responsabilidad frente al IVA depende de las operaciones efectivamente realizadas y no de la naturaleza jurídica del sujeto; por ello, las entidades territoriales solo registran la responsabilidad 48 cuando realizan operaciones gravadas, sin que proceda el registro de las responsabilidades 49 o 53, conforme a los arts. 420, 437 y 482 del E.T.
Nota de Relatoría Grupo de Estudios Tributarios: Reitera el Concepto Unificado de IVA 00001 de 2003 (descriptor 2.4.6) en cuanto las entidades públicas son responsables del IVA cuando realizan operaciones gravadas.
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